Trasplante renal en Bariloche: autorizan a una mujer a donarle un riñón a su amiga
La Justicia de Río Negro avaló la donación de órgano en vida entre personas sin vínculo de parentesco tras acreditar una relación de amistad profunda y la ausencia de fines de lucro.
La Justicia de San Carlos de Bariloche autorizó un trasplante renal en vida entre dos amigas, en un caso excepcional que requería habilitación judicial previa por no tratarse de familiares consanguíneos ni cónyuges. La receptora, quien se encuentra en lista de espera y bajo tratamiento de diálisis desde el año pasado, podrá recibir el órgano de su "hermana de la vida", luego de que los peritajes médicos y psicofísicos confirmaran la compatibilidad inmunológica y la plena voluntariedad de la donante.
La legislación argentina sobre trasplantes (Ley 27.447) restringe la donación de órganos en vida únicamente a familiares directos hasta el cuarto grado, cónyuges o convivientes. Al no figurar las relaciones de amistad dentro del marco legal predeterminado, el trámite debió canalizarse mediante una medida autosatisfactiva en el fuero de Familia local, un procedimiento de urgencia diseñado para evitar perjuicios irreparables en la salud de la paciente.
El control judicial tuvo como objetivo central verificar que el ofrecimiento del órgano fuera estrictamente voluntario, altruista y desvinculado de cualquier tipo de compensación económica o beneficio material. Durante el proceso, equipos multidisciplinarios del fuero interviniente realizaron evaluaciones médicas, psicológicas y sociales para garantizar la transparencia de la decisión.
"Para ella, su amiga es 'una hermana de la vida'. La evaluación psicológica consideró que su ofrecimiento era congruente con el lugar y el valor que esa amistad tiene para ella."
Las pericias determinaron que la donante —quien conoció a la paciente en 2017 durante labores de trabajo comunitario— comprendía plenamente los alcances clínicos y riesgos de la cirugía. Asimismo, los informes sociales y las declaraciones testimoniales confirmaron que la determinación se mantuvo firme durante más de un año y contó con el acompañamiento de ambos núcleos familiares.
Por su parte, los informes médicos advirtieron sobre la urgencia de la intervención, señalando que la continuidad prolongada de la diálisis implicaba riesgos de complicaciones sistémicas severas para la receptora. El trasplante permitirá discontinuar dicho tratamiento y mejorar sustancialmente su expectativa y calidad de vida.
En la audiencia ratificatoria, la Justicia recordó a la donante que la norma vigente le otorga la facultad de revocar su consentimiento libremente y sin dar justificaciones en cualquier momento previo a la intervención quirúrgica.
Tras la aprobación de la sentencia, que dio por acreditado el afecto legítimo y la inexistencia de retribuciones, el procedimiento quedó habilitado para avanzar a su fase final, sujeto únicamente a los dictámenes y protocolos del equipo médico trasplantológico.
Adminn25
Comentarios
Deja tu comentario