Estafa en Viedma: confirman multa a Tarjeta Naranja por no informar
Justicia de Viedma avaló la sanción de Defensa del Consumidor tras la denuncia de una usuaria damnificada por un fraude.
Una vecina de la ciudad de Viedma fue víctima de una estafa tras comunicarse con un falso servicio de atención de Naranja X por un reclamo vinculado a Netflix. El hecho derivó en el acceso no autorizado a sus datos y transacciones en Mercado Pago y su cuenta bancaria, desatando una investigación administrativa y judicial.
El caso fue llevado ante la Agencia de Defensa del Consumidor, organismo que solicitó a Tarjeta Naranja información detallada sobre el estado de la cuenta, movimientos, medidas de seguridad y límites operativos. Pese a haber recibido una prórroga para responder, la entidad prestadora no presentó la documentación requerida dentro de los plazos legales establecidos.
Ante la falta de respuesta en término, el organismo provincial sancionó a la firma por infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor. Aunque la empresa apeló la medida argumentando que el fraude involucró a plataformas externas y que terminó entregando los datos de forma extemporánea, el reclamo fue rechazado en sede judicial.
La Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa de Viedma ratificó de manera categórica la sanción impuesta a la entidad financiera:
"El deber de colaboración con Defensa del Consumidor no se cumple únicamente con la presentación eventual de la documentación. La información debe proporcionarse en las condiciones y dentro de los plazos establecidos durante el procedimiento."
El tribunal remarcó que el proceso no juzgó la responsabilidad de la empresa en la maniobra delictiva, sino el incumplimiento del deber de información y asistencia a la clienta y a la autoridad de aplicación. La posible intervención de terceros no eximía a la compañía de su obligación de cooperar activamente.
Asimismo, la Justicia desestimó los cuestionamientos sobre el monto de la pena, equivalente a cuatro Canastas Básicas Totales para el Hogar 3, por considerarla proporcionada a la falta cometida. De esta forma, se confirmó la sanción económica y la obligación de publicar la parte resolutiva del fallo, el cual aún se encuentra dentro del plazo legal de apelación.
Adminn25
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