Tenía una cámara de seguridad en su casa, pero invadía la privacidad de su vecina
El caso llegó a la Justicia.
Una mujer que vive en un complejo de departamentos de Cipolletti planteó que otra residente del mismo lugar colocó cámaras de seguridad en un área común del inmueble. Según su inquietud, esos dispositivos registraban horarios de ingreso y egreso, patentes de vehículos y movimientos de niñas, niños o adolescentes de su familia, sin autorización previa.
La intervención del juzgado de Paz permitió abrir un espacio de escucha y entendimiento entre las partes. A partir de esa audiencia, las vecinas pudieron exponer sus posiciones, abordar las dificultades de convivencia y acordar pautas comunes. Con ese acuerdo, la jueza resolvió la situación vecinal mediante una salida pacífica del conflicto.
La resolución homologó el acuerdo alcanzado durante la audiencia. El convenio fijó pautas sobre el uso de cámaras de seguridad, ruidos molestos, reuniones familiares y formas de comunicación entre vecinas.
La persona que formuló el reclamo también señaló que acudió a la propietaria del lugar, pero sostuvo que no obtuvo una respuesta al conflicto. Además, hizo referencia a un antecedente del año anterior, cuando radicó una denuncia por una discusión vinculada con ruidos molestos en días y horarios que consideró inapropiados.
A partir de esa presentación, el juzgado convocó a una audiencia. En la resolución, la magistrada indicó que el reclamo tenía como protagonistas a las partes y que, por la temática planteada, también alcanzaba la cotidianidad de sus familias. Durante la audiencia, se informó a las personas que el objetivo era establecer pautas capaces de favorecer una convivencia pacífica dentro del complejo.
Tras el intercambio entre las partes, las vecinas alcanzaron un acuerdo sobre distintos aspectos de la convivencia. El primer punto se vinculó con las cámaras de seguridad. Allí se pactó que las dos residentes que tenían dispositivos instalados en sus domicilios los retirarían dentro del plazo de una semana. También se acordó que la propietaria del inmueble colocaría cámaras en sectores determinados: una orientada hacia el portón y otra en el garaje, dentro de un plazo máximo de dos meses.
El segundo punto trató los ruidos molestos. Las vecinas acordaron respetar horarios de descanso entre las 23 y las 7, y entre las 14 y las 16.30. Durante esos períodos, asumieron el compromiso de evitar ruidos que pudieran alterar la tranquilidad del resto de las personas que habitan el complejo.
El tercer aspecto abordó las reuniones familiares. Las partes pactaron que, en casos de cumpleaños u otros encuentros similares, se avisarían previamente entre ellas, con el objetivo de evitar molestias vinculadas con la convivencia cotidiana.
El cuarto punto se refirió al modo de comunicación entre las vecinas. En ese tramo del acuerdo, las partes establecieron que, de allí en adelante, cualquier cuestión relacionada con la convivencia sería tratada exclusivamente entre ellas y de manera personal.
Por último, el acuerdo incluyó una pauta para el caso de incumplimiento: si alguna de las partes no respeta los puntos pactados, podrán solicitar una nueva audiencia ante el juzgado.
La jueza de Paz resolvió homologar el convenio alcanzado por las partes. La decisión judicial detalló que la homologación alcanzó los puntos referidos a cámaras de seguridad, ruidos molestos, reuniones familiares, diálogo entre las partes y el mecanismo previsto para un eventual incumplimiento.
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