Fraude con cambio de chip en otra ciudad: Condenan a Banco y Telefónica por vaciar los ahorros de una jubilada
La Cámara de Apelaciones de Viedma determinó que el robo de casi tres millones de pesos fue posible por fallas concurrentes de seguridad: la telefónica autorizó el cambio de SIM desde Neuquén sin verificar identidad y el banco no alertó ocho transferencias en 36 minutos que vaciaron la cuenta.
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Viedma – Río Negro. Una jubilada de Viedma perdió en menos de una hora todos los ahorros de su vida, luego de que delincuentes tomaran el control de su línea telefónica mediante un cambio fraudulento de chip y, con ese acceso, vaciaran su cuenta bancaria a través de ocho transferencias. La Cámara de Apelaciones de la capital provincial determinó que el fraude fue posible por la concurrencia de fallas en los sistemas de seguridad de dos prestadores de servicios, por lo que confirmó la condena solidaria contra Banco Patagonia y Telefónica Móviles Argentina.
El hecho ocurrió el 13 de octubre de 2022. La mujer, que tenía constituido un plazo fijo, advirtió que su celular solo permitía realizar llamadas de emergencia. Horas más tarde, al intentar renovar su inversión, descubrió que de casi tres millones de pesos que tenía en ese momento, solo quedaban ocho mil pesos. El dinero había sido sustraído mediante seis débitos inmediatos (DEBIN) y dos transferencias a personas desconocidas.
La víctima promovió una demanda por daños y perjuicios, argumentando que el cambio de la tarjeta SIM se había realizado sin verificar correctamente la identidad del solicitante y que, además, el banco no advirtió una serie de operaciones completamente ajenas a su comportamiento habitual como clienta.
En primera instancia, el fuero Civil de Viedma responsabilizó únicamente a la empresa de telefonía, entendiendo que el cambio fraudulento del chip había sido la causa adecuada del perjuicio y liberando de responsabilidad a la entidad financiera. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones revocó parcialmente ese fallo.
El tribunal confirmó que existió una falla en el procedimiento que permitió reemplazar la tarjeta SIM, valorando que el cambio se autorizó desde una antena ubicada en Neuquén cuando apenas una hora y media antes la línea funcionaba normalmente en Viedma. Además, destacó que no existían registros que permitieran comprobar cómo se había validado la identidad de quien realizó esa gestión.
No obstante, los jueces consideraron que la entidad financiera también incumplió su deber de seguridad. Señalaron que las operaciones reunían numerosos indicadores de riesgo: la generación de un nuevo token, el alta de varios destinatarios desconocidos, ocho transferencias consecutivas en apenas 36 minutos, el vaciamiento casi total de la cuenta y montos incompatibles con el historial de la clienta. Pese a ello, no se activó ningún mecanismo de alerta, bloqueo o verificación.
La sentencia recordó que las entidades financieras tienen la obligación de implementar sistemas de monitoreo basados en el perfil transaccional de cada cliente, y destacó que ese control existe precisamente para detectar operaciones que, aunque se realicen con credenciales válidas, resulten completamente atípicas.
Con ese criterio, la Cámara concluyó que el fraude solo pudo concretarse por la concurrencia de dos incumplimientos: la autorización irregular del cambio de chip y la ausencia de controles frente a movimientos claramente inusuales en la cuenta bancaria. En consecuencia, dejó sin efecto la obligación de la mujer de devolver el dinero recibido por una medida cautelar y extendió la condena en forma solidaria a ambas empresas.
El tribunal también confirmó las indemnizaciones por daño emergente, pérdida de chance, daño moral y daño punitivo, aunque no precisó el monto total de la reparación. El fallo sienta un precedente relevante al establecer que tanto las telefónicas como los bancos son responsables de garantizar la seguridad de sus clientes frente a este tipo de estafas combinadas.
Adminn25
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