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Un tribunal de Viedma otorgó la tutela legal de una niña a su abuela materna, quien la cuida desde que la menor tenía cuatro meses de vida, tras el fallecimiento de su madre. En la misma sentencia, se privó de la responsabilidad parental al padre biológico, quien se encuentra actualmente privado de su libertad.

La decisión judicial se adoptó tras un proceso en el que se evaluó la historia familiar, el contexto actual de la niña y su propia opinión. La proximidad de la liberación del progenitor aceleró el trámite, debido a la preocupación del entorno familiar por el impacto que su salida de prisión podría tener en la estabilidad emocional de la menor.

Durante el proceso se realizaron diversas pruebas, incluyendo una pericia social en el domicilio de la abuela, testimonios y la intervención de equipos técnicos del Poder Judicial. Estos estudios determinaron que la niña vive en condiciones adecuadas, con cobertura de salud, asistencia escolar y acompañamiento permanente de su familia.

En una audiencia especial, la niña se mostró tranquila y expresó su deseo de continuar viviendo con su abuela, a quien identificó —junto a sus tíos— como las personas que le brindan amor, cuidado y la llevan a la escuela. Asimismo, manifestó que, por el momento, no tiene interés en retomar el vínculo con su padre.

El informe del Equipo Técnico fue fundamental para la resolución. El documento destacó que la menor mantiene con su abuela "un vínculo de apego y sostén afectivo", se siente a gusto en su hogar y no se observa "otro vínculo de resguardo para la niña, por fuera de la familia materna". En base a esto, se recomendó la privación de la responsabilidad parental del padre y que cualquier eventual contacto con la familia paterna se realice en un "marco adecuado y protector".

La abuela asumió el cuidado integral de su nieta cuando la madre atravesaba una enfermedad grave, haciéndose cargo desde entonces de su crianza, educación, salud y sostén afectivo, con apoyo de otros familiares.

La sentencia concluyó que estaba acreditada la causal de abandono, ya que el padre se desentendió de manera prolongada de sus obligaciones, aun sabiendo que la niña estaba al cuidado de un tercero. El fallo remarcó que el interés superior de la niña debe prevalecer por sobre cualquier otro.

Además de establecer la tutela a favor de la abuela, la resolución dejó en claro que, si en el futuro la niña manifestara voluntad de contacto con su padre o su familia paterna, este deberá ser facilitado por la abuela, siempre respetando el deseo, la seguridad y el bienestar de la menor, con el acompañamiento de los equipos técnicos correspondientes.

Autor: Adminn25