"Alucinación" de la IA: abogados amonestados por presentar fallos falsos generados por máquinas
Un tribunal laboral rionegrino alertó sobre los peligros de confiar ciegamente en estas herramientas, tras descubrir citas a precedentes judiciales que nunca existieron. Remarcaron que la tecnología no exime de la verificación.
La Cámara del Trabajo de Viedma emitió un severo llamado de atención a abogados por utilizar de manera inadecuada la inteligencia artificial en la redacción de un escrito judicial. La advertencia se produjo luego de que el tribunal detectara la citación de fallos jurisprudenciales inexistentes o imposibles de verificar en los registros oficiales.
El hecho salió a la luz en el marco de un proceso laboral, cuando los magistrados advirtieron que los precedentes citados por los profesionales no pudieron ser localizados ni en el Centro de Documentación Jurídica del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro ni en la Oficina de Jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, pese a realizar consultas específicas.
En su pronunciamiento, los jueces explicaron que la forma de redacción de las citas, sumada a la completa inexistencia de los fallos invocados, permitió inferir que se había recurrido a una herramienta de inteligencia artificial de manera indebida. Este uso generó referencias a jurisprudencia que no se corresponde con fallos reales, un fenómeno conocido como "alucinación" o "hallucination", por el cual estas herramientas producen información falsa presentándola como verídica.
La Cámara recordó que el Superior Tribunal de Justicia rionegrino dictó recientemente la Acordada N.º 22/25, la cual extendió la aplicación del "Protocolo de Buenas Prácticas para el uso de Inteligencia Artificial Generativa" a los auxiliares externos del Poder Judicial, incluyendo a los abogados. Dicha normativa establece que el uso inadecuado de estas herramientas puede dar lugar a sanciones y a la remisión de las actuaciones a los colegios profesionales para su eventual tratamiento disciplinario.
No obstante, en este caso concreto, el tribunal resolvió no aplicar sanciones disciplinarias, ya que el hecho fue anterior a la vigencia de la mencionada Acordada. Aclararon expresamente en el fallo: "Se verifica que el hecho es de fecha anterior a la Acordada dictada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, por lo que se entiende prudente no sancionar la conducta de los letrados".
Pese a esta decisión, la Cámara dispuso hacer saber a los profesionales intervinientes que, de aquí en adelante, deberán extremar los recaudos y cumplir estrictamente con las obligaciones legales vinculadas al uso correcto de la inteligencia artificial en su actividad.
Los magistrados remarcaron que el ejercicio de la abogacía debe asentarse en principios de honestidad, responsabilidad, lealtad y buena fe, y subrayaron que la utilización de cualquier herramienta tecnológica no exime a los profesionales del deber fundamental de verificar y controlar personalmente todo el contenido que incorporan a sus escritos judiciales, garantizando así la seriedad y confiabilidad del sistema de justicia.
Adminn25
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